Suprema Corte de Justicia de la Nación
INCIDENTE DE INEJECUCIÓN POR REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO 1/98. TERESA DE JESÚS MARTÍNEZ URESTI.
Fecha: 10-Sep-1997
Únicose Declara Sin Materia El Incidente A Que Este Expediente Se Refiere
Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al juzgado de su origen y, en su oportunidad, archívese el expediente relativo.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros José de Jesús Gudiño Pelayo (ponente), Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Humberto Román Palacios. Ausente el Ministro Juventino V. Castro y Castro, previo aviso a la Presidencia.
Nota: La tesis de rubro: "SUPLETORIEDAD, OPERACIÓN DE LA." aparece publicada con su precedencia correcta en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, página 352.
- Considerando
- El Artículo De La Ley De Amparo Establece
- Por Su Parte La Fracción Xvi Del Artículo Constitucional Dispone
- San Luis Potosí Slp A De Septiembre De Mil Novecientos Noventa Y Siete
- Cobra Aplicación En Cuanto A Este Aspecto La Tesis De Rubro Y Texto Siguiente
- Así Lo Ha Considerado Este Máximo Tribunal Del País Al Emitir El Siguiente Criterio
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