INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 119/2005. ESTELA ANAYA DE LOMELÍN.
Fecha: 23-Dic-1999
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-Devuélvanse los autos del juicio de amparo indirecto número 455/2004-IV al Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a fin de que proceda en los términos precisados en esta resolución.
SEGUNDO.-Se ordena al Juez de Distrito que informe a esta Segunda Sala de manera regular y periódica el avance en el cumplimiento a lo ordenado en esta sentencia.
TERCERO.-Queda sin efectos el dictamen de catorce de abril de dos mil cinco, suscrito por los Magistrados integrantes del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el incidente de inejecución de sentencia número 12/2005.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a su lugar de origen y archívese el expediente de inejecución de sentencia como asunto total y definitivamente concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Margarita Beatriz Luna Ramos, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Juan Díaz Romero. El señor Ministro Genaro David Góngora Pimentel estuvo ausente, previo aviso dado a esta Segunda Sala. Siendo ponente la primera de los nombrados.