Suprema Corte de Justicia de la Nación JUICIO ORDINARIO FEDERAL 6/2021
Fecha: 04-Dic-2024
II. COMPETENCIA
- Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente juicio ordinario federal 6/2021, en términos de lo dispuesto en los artículos 104, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 18 del Código Federal de Procedimientos Civiles, así como el punto Tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023 de veintiséis de enero de dos mil veintitrés del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno conservará para su resolución, y el envío de los de su competencia originaria a las Salas, a los Plenos Regionales y a los Tribunales Colegiados de Circuito y la cláusula vigésimo séptima del contrato base de la acción , por tratarse de un contrato de obra pública celebrado por el Consejo de la Judicatura Federal con una empresa particular .
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