VI. DECISIÓN
Por lo expuesto y fundado, se resuelve:
ÚNICO. Se decreta la caducidad en el juicio.
Notifíquese ; devuélvanse los autos al lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán.
