QUEJA 22/2018. 26 DE ABRIL DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: TARSICIO AGUILERA TRONCOSO. SECRETARIO: MARIANO ESCOBEDO FLORES.
Fecha: 15-Feb-2019
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—Se declara fundado el recurso de queja interpuesto por ********** contra el acuerdo de nueve de febrero de dos mil dieciocho, dictado por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, en el juicio de amparo indirecto **********.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al juzgado de origen; dése cumplimiento a los artículos 175 y 192 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establecen las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales; y, agréguese a este toca de queja la constancia de captura de la presente sentencia del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno de este Tribunal; y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
Así, por unanimidad de votos, con las modificaciones y adiciones, lo resolvió el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, integrado por los Magistrados: presidente Tarsicio Aguilera Troncoso, José Antonio Abel Aguilar Sánchez y Miguel Bonilla López, siendo ponente el primero de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracciones II, VI, XII y XIV, inciso c), 4, fracción III, 8, 13, fracción IV, 14, fracción I, 18, fracciones I y II, 19, 20, fracción VI, 21 y 61 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 48/2016 (10a.) citada en esta ejecutoria, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 6 de mayo de 2016 a las 10:06 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 30, Tomo II, mayo de 2016, página 1086.
- Los Argumentos Esgrimidos En Los Agravios Propuestos Por El Recurrente Conducen A Lo Siguiente
- Determinación Que Se Considera Incorrecta En Atención A Los Razonamientos Siguientes
- Artículo El Amparo Indirecto Procede
- Los Que Gozan De Autonomía En Relación Con Dicha Ejecución
- Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
- Artículo O El Juicio De Amparo Tiene Por Objeto Resolver Toda Controversia Que Se Suscite
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Criterios Contendientes
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve