QUEJA 203/2021. 11 DE NOVIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JULIO CÉSAR GUTIÉRREZ GUADARRAMA. SECRETARIO: GERMÁN MONTES RODRÍGUEZ.
Fecha: 27-May-2022
Artículo Revocación
"El recurso de revocación se interpondrá ante el Juez de Ejecución en contra de las determinaciones de mero trámite y en los casos previstos en esta ley.
"El objeto de este recurso será que el mismo Juez de Ejecución que dictó la resolución impugnada, la examine de nueva cuenta y dicte la resolución que corresponda.
"Si el recurso se hace valer contra las resoluciones pronunciadas durante la audiencia, se dará el uso de la palabra a las demás partes, para que manifiesten lo que a su derecho corresponda y en la misma audiencia se dictará la resolución respectiva.
"Si el recurso se hace valer contra resoluciones pronunciadas fuera de audiencia, se interpondrá al día siguiente de notificada la determinación, se dará traslado a las demás partes por el término de dos días para que manifiesten lo que a su derecho corresponda, y se resolverá al día siguiente, bien (sic) de desahogada la audiencia conforme al código, o de haber transcurrido el término concedido."
- Considerando
- De Las Constancias En Que Se Emitió La Decisión Combatida Se Obtienen Como Antecedentes Relevantes
- Inconforme Con El Aludido Desechamiento El Promovente Interpuso Este Recurso
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- B Sólo Se Aleguen Violaciones Directas A La Constitución Y
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo Peticiones Administrativas
- Artículo Resolución De Peticiones Administrativas
- Artículo Casos Urgentes
- I Las Condiciones De Internamiento Y Cuestiones Relacionadas Con Las Mismas
- V La Duración Modificación Y Extinción De Las Medidas De Seguridad
- Artículo Revocación
- Artículo Apelación
- Artículo Régimen De Visitas