RECURSO DE INCONFORMIDAD 466/2014. 20 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. PONENTE
Fecha: 07-Nov-2014
A Dejó Insubsistente La Sentencia Reclamada
b) En su lugar dictó otra en la que reiteró la acreditación del delito de secuestro, previsto por el artículo 194, fracción I, incisos e), f) y o), del Código Penal para el Estado de Jalisco, así como lo relativo a la plena responsabilidad de los quejosos ********** y **********; y,
c) Reiteró, en el apartado de individualización de la pena, el grado de culpabilidad en que se ubicó a los quejosos (equidistante entre el mínimo y el medio), consecuentemente, les impuso la pena de veintiocho años, nueve meses de prisión, y en relación con la sanción pecuniaria, reiteró la pena impuesta por el inferior, consistente en mil días de salario, equivalente a cincuenta y tres mil doscientos sesenta pesos, por ser más benéfica.
21. Agravios. Ahora bien, en su recurso de inconformidad, el recurrente planteó diversos argumentos. En esencia, esgrime lo siguiente:
a) Que desde el momento de su detención no fueron tomadas en cuenta todas las pruebas que obran en el sumario, ya que fue golpeado para que declarara en su contra para que confesara algo que no había cometido.
b) Que la víctima del delito y tercero interesado en el juicio de amparo, al momento de la celebración de la diligencia de reconocimiento, no reconoció a los quejosos como los perpetuadores del delito de secuestro, por lo que es incorrecto que la Sala responsable los condenara a purgar una pena de veintiocho años y nueve meses de prisión, puesto que no se puede condenar a algún detenido si no está demostrado plenamente que no cometió el delito, violando con ello la garantía de legalidad jurídica prevista en el artículo 14 de la Constitución Federal.
- Iii Competencia
- Iv Procedencia
- V Oportunidad
- Vi Legitimación
- Vii Elementos Necesarios Para Resolver
- A Dejó Insubsistente La Sentencia Reclamada
- C Que Nunca Los Careó Con Nadie Inclusive Con El Tercero Interesado En El Juicio
- Viii Estudio De Fondo
- A Dejara Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Ix Decisión
- Primero Es Infundado El Recurso De Inconformidad A Que Este Toca Se Refiere
- Véase Hoja Vuelta Del Toca En Que Se Actúa