RECURSO DE INCONFORMIDAD 466/2014. 20 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. PONENTE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 466/2014. 20 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. PONENTE

Fecha: 07-Nov-2014

C Que Nunca Los Careó Con Nadie Inclusive Con El Tercero Interesado En El Juicio

d) Que los servidores públicos que integraron el proceso penal incurrieron en responsabilidad civil extracontractual del Estado.

22. Por otra parte, el recurrente, en su escrito de aclaración, manifestó, en términos similares, medularmente, lo siguiente:

a) Que en la averiguación previa se actuó con dolo y mala fe, ya que su declaración ministerial fue arrancada con fuerza, puesto que fue golpeado y lo obligaron a firmar algo que no había cometido. Puesto que la víctima del delito y tercero interesado en el juicio de amparo nunca los señaló como sus secuestradores.

b) Que derivado de lo anterior, si la parte acusadora no lo reconoce, mucho menos que los haya secuestrado, es erróneo que la Sala responsable los condenara a veintiocho años de prisión, por lo que es correcto que los absuelvan de los delitos que se les imputan, puesto que no se puede condenar a algún detenido si no está demostrado plenamente que no cometió el delito. Violando con ello la garantía de legalidad jurídica prevista en el artículo 14 de la Constitución Federal.

c) Que, por otra parte, manifiesta que nunca los careó con nadie, inclusive con el tercero interesado en el juicio.