Suprema Corte de Justicia de la Nación
RECURSO DE INCONFORMIDAD 466/2014. 20 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. PONENTE
Fecha: 07-Nov-2014
Vii Elementos Necesarios Para Resolver
19. Acuerdo de cumplimiento. Mediante proveído de nueve de abril de dos mil catorce, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito consideró cumplida la ejecutoria de amparo al verificar que los efectos para los cuales se concedió fueron cabalmente considerados.
20. Para llegar a esa conclusión, el Tribunal Colegiado tomó en cuenta que la autoridad responsable realizó lo siguiente:
- Iii Competencia
- Iv Procedencia
- V Oportunidad
- Vi Legitimación
- Vii Elementos Necesarios Para Resolver
- A Dejó Insubsistente La Sentencia Reclamada
- C Que Nunca Los Careó Con Nadie Inclusive Con El Tercero Interesado En El Juicio
- Viii Estudio De Fondo
- A Dejara Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Ix Decisión
- Primero Es Infundado El Recurso De Inconformidad A Que Este Toca Se Refiere
- Véase Hoja Vuelta Del Toca En Que Se Actúa