RECURSO DE INCONFORMIDAD 28/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 28/2022

Fecha: 16-Nov-2022

IV. OPORTUNIDAD

  1. En términos del artículo 202 de la Ley de Amparo, el recurso de inconformidad debe interponerse dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada . En el caso, el proveído impugnado se notificó por lista al denunciante, el veintisiete de julio de dos mil veintidós . De modo que el plazo para interponer el recurso de inconformidad transcurrió del dos al veintidós de agosto de dos mil veintidós . Entonces, el recurso es oportuno porque se presentó el diecinueve de agosto de dos mil veintidós .