RECURSO DE RECLAMACIÓN EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN RELATIVO A LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 13/95. AYUNTAMIENTO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN.
Fecha: 18-May-1995
Resultando
PRIMERO.-Por escrito de veintidós de agosto de mil novecientos noventa y cinco, Adalberto Núñez Ramos, Francisco Félix Garza y José Enrique Carrillo Mateos, en sus caracteres de presidente municipal, secretario del R. Ayuntamiento y síndico segundo, respectivamente, del R. Ayuntamiento de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, personalidad reconocida en autos con fundamento en el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, demandaron del H. Congreso del Estado de Nuevo León y del C. contador mayor de Hacienda del Congreso del Estado de Nuevo León, lo siguiente:
"IV. Norma general o acto cuya invalidez se demanda en su caso, el medio oficial en que se hubieren publicado. Acuerdo No. 54 emitido por el H. Congreso del Estado de Nuevo León, de fecha 18 de mayo de 1995, publicado el día 29 de mayo de 1995 en el Periódico Oficial del Estado y oficio No. 0237 de fecha 14 de junio de 1995 girado por el C. contador mayor de Hacienda, al suscrito presidente municipal, recibido el día 14 de julio del año en curso, en el cual, se da cumplimiento al Acuerdo No. 54 del H. Congreso del Estado y se ordena al suscrito proceder a hacer efectivos los oficios del 221 al 238 girados por el contador mayor de Hacienda a los CC. expresidente municipal, exsíndicos y exregidores miembros de la administración municipal 1992-1994, que contienen fincamientos de responsabilidades en contra de dichos exfuncionarios, con motivo de la percepción de sobresueldos no autorizados por el H. Congreso del Estado de Nuevo León, durante el ejercicio correspondiente al año 1993 (Anexamos copia certificada del oficio No. 0237 y copia simple del Acuerdo No. 54)".
- Secretario Roberto Javier Ortega Pineda
- Resultando
- Como Hechos De Su Demanda La Parte Actora Señaló Los Siguientes
- Asimismo La Actora Señaló Como Conceptos De Invalidez Los Que A Continuación Se Transcriben
- Considerando
- Ambos Agravios Consisten En Que
- Los Agravios Previamente Sintetizados Son Inoperantes
- En Atención A Lo Anterior Lo Que Procede Es Confirmar El Proveído Materia Del Presente Toca
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese Con Testimonio De Esta Resolución A Las Partes En La Contienda Constitucional