Encabezado
RECURSO DE RECLAMACIÓN 79/2024-CA
DERIVADO DEL JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 1/2024
RECURRENTE: PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIOS: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS y JUAN MANUEL ANGULO LEYVA
Colaborador: Fernando Ramírez Jasso
ÍNDICE TEMÁTICO
El Gobernador del Estado de Jalisco promovió juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal en contra del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el trece de febrero de dos mil veinticuatro.
En su demanda señaló al Presidente de la República como autoridad demandada y argumentó que el decreto representaba una condonación de impuestos que reducía los ingresos que el Estado de Jalisco recibe por medio del Fondo General de Participaciones conforme a la Ley de Coordinación Fiscal.
El asunto fue turnado a la Ministra Loretta Ortiz Ahlf quien mediante acuerdo de seis de junio de dos mil veinticuatro desechó la demanda al considerar actualizada de manera manifiesta e indudable su improcedencia por haberse controvertido normas generales y no un acto de aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal. En contra, el Gobernador del Estado de Jalisco interpuso el presente recurso de reclamación.
RECURSO DE RECLAMACIÓN 79/2024-CA
DERIVADO DEL JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 1/2024
RECURRENTE: PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIOS: JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS y JUAN MANUEL ANGULO LEYVA
Colaborador: Fernando Ramírez Jasso
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de doce de septiembre de dos mil veinticuatro emite la siguiente
- Encabezado
- SENTENCIA
- I. ANTECEDENTES
- “COORDINACIÓN FISCAL ENTRE LA FEDERACIÓN Y EL ESTADO DE GUERRERO. EN EL CONVENIO DE ADHESIÓN AL SISTEMA NACIONAL RELATIVO, CELEBRADO EL 19 DE OCTUBRE DE 1979, LA REFERIDA ENTIDAD SE OBLIGÓ A NO MANTENER EN VIGOR, NI CREAR IMPUESTOS ESTATALES
- “COORDINACIÓN FISCAL ENTRE LA FEDERACIÓN Y LOS ESTADOS. EVOLUCIÓN DE LA REGULACIÓN DE LOS CONVENIOS QUE PARA TAL FIN SE HAN CELEBRADO CON BASE EN EL MARCO CONSTITUCIONAL VIGENTE” [9]
- II. COMPETENCIA
- III. PROCEDENCIA
- IV. OPORTUNIDAD Y LEGITIMACIÓN
- V. ESTUDIO DE FONDO
- VI. DECISIÓN
- R E S U E L V E:
