RECURSO DE RECLAMACIÓN 12/2025-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 19/2025
Fecha: 14-May-2025
(REFORMADO, D.O.F. 15 DE SEPTIEMBRE DE 2024)
Siempre que las controversias versen sobre disposiciones generales de las entidades federativas, de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por la Federación; de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México impugnadas por las entidades federativas, o en los casos a que se refieren los incisos c), h), k) y l) anteriores, y la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las declare inválidas, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos seis votos.
En los demás casos, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia tendrán efectos únicamente respecto de las partes en la controversia.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES DEL RECURSO
- TRANSITORIOS
- A C U E R D A
- “(REFORMADO, D.O.F. 31 DE DICIEMBRE DE 1994)
- (REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], D.O.F. 11 DE MARZO DE 2021)
- (REFORMADO, D.O.F. 29 DE ENERO DE 2016)
- (REFORMADO, D.O.F. 11 DE MARZO DE 2021)
- (REFORMADO, D.O.F. 15 DE SEPTIEMBRE DE 2024)
- (ADICIONADO, D.O.F. 11 DE MARZO DE 2021)
- VI. DECISIÓN