INCIDENTE DERIVADO DE JUICIO ORDINARIO FEDERAL 12/2022
Mantenimiento del Consejo de la Judicatura Federal notificó a **********, el
oficio SEA/DGIM/4962/2018 de diez de octubre de dos mil dieciocho por el
cual dicha autoridad dio inicio al procedimiento de rescisión administrativa
del contrato citado e imputó a la empresa diversos incumplimientos
contractuales. ***********, dio contestación a dicho oficio de inicio de recisión
administrativa el veintiséis de octubre de dos mil dieciocho.
3.
Con fecha de veintiséis de octubre de dos mil veintiuno autoridades del
Consejo de la Judicatura Federal notificaron a **********, la resolución de
doce de diciembre de dos mil diecinueve por la que el Consejo por conducto
de su Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obra Pública y Servicios
Asimismo, con esa misma fecha y en el mismo acto, autoridades del
Consejo de la Judicatura Federal notificaron a la empresa el oficio
SEA/DGIM/4572/2021 de veintidós de octubre de dos mil veintiuno firmado
por el Director General de Inmuebles y Mantenimiento del Consejo de la
Judicatura Federal por el cual dicha autoridad requirió de ***********, el pago
de $*********** (********** pesos **********/100 M.N.) I.V.A. incluido por
concepto del anticipo no amortizado.
4.
Juicio ordinario federal 9/2021. Por escrito recibido ante la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación el doce de noviembre de dos mil veintiuno, **********,
representante de **********, demandó en la vía ordinaria civil federal al
Consejo de la Judicatura Federal, las siguientes prestaciones.
A. La declaración de nulidad de la resolución de doce de diciembre de
dos mil diecinueve por la que el Consejo de la Judicatura Federal por
conducto de su Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obra
Pública y Servicios declaró la recisión administrativa del contrato
diecisiete, celebrado entre ********** y el Consejo de la Judicatura
Federal cuyo objeto fue la construcción del Centro de Justicia Penal
Federal en San Luis Potosí.
B. La declaración de nulidad del oficio SEA/DGIM/4572/2021 de
veintidós de octubre de dos mil veintiuno por el Director General de
Inmuebles y Mantenimiento del Consejo de la Judicatura Federal por el
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