SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 1501/2024
Fecha: 02-Oct-2024
ANTECEDENTES Y TRÁMITE
1. Hechos. El veinte de abril de dos mil veintitrés Martín Raúl Gallardo Guzmán, presentó ante el Departamento de Pensiones de Seguridad e Higiene zona Sur del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la solicitud de alta o incorporación como posible deudo de su hoy finada concubina.
2. Seguidos los trámites, la Encargada del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene Zona Sur del ISSSTE, le informó al quejoso mediante oficio con número DS/SP/SPSH/1946/2023 con fecha trece de julio de dos mil veintitrés, la negativa de reconocerle el derecho a una pensión por concubinato. En dicho oficio se menciona que derivado de la circular de número DNPESC/DNIR/SP/SAVD/001/2020 de dieciocho de noviembre de dos mil veinte, emitida por el Área Normativa de Afiliación y Prestaciones del ISSSTE, se desprende que no se cumplen con las fracciones a, b, c y d, punto cuatro de dicha circular, es decir, no se cumplen con las condiciones para efecto de que se le reconozca al quejoso como concubino de la extinta trabajadora y, por ende, incorporarlo como deudo de ésta.
3. Demanda de amparo indirecto. Inconforme con la anterior resolución, mediante escrito presentado el diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés en el Buzón Judicial de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el quejoso promovió amparo contra las autoridades y actos siguientes:
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- AUTORIDADES RESPONSABLES:
- ACTO RECLAMADO:
- FACULTAD DE ATRACCIÓN. EL INTERÉS Y TRASCENDENCIA QUE JUSTIFICAN SU EJERCICIO SON DE ÍNDOLE JURÍDICA. [6]
- JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. ES NECESARIO AGOTARLO PREVIAMENTE A ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO, PORQUE LOS ALCANCES QUE SE DAN A LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO CONFORME A LA LEY DE AMPARO, EN ESENCIA, SON IGUALES A LOS QUE SE OTORGAN CONFORME A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
- DECISIÓN