Solicitud de REASUNCIÓN DE COMPETENCIA: 164/2021
Suprema Corte de Justicia de la Nación

Solicitud de REASUNCIÓN DE COMPETENCIA: 164/2021

Fecha: 12-Ene-2022

2. PRESUPUESTOS PROCESALES

    1. Competencia
  1. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es legalmente competente para resolver la presente solicitud de reasunción de competencia, de conformidad con lo dispuesto en los Puntos Tercero, Cuarto y Décimo Cuarto del Acuerdo General Plenario 5/2013, de trece de mayo de dos mil trece, relativo a la determinación de los asuntos que el Pleno de este Alto Tribunal conservará para su resolución y el envío de los de su competencia originaria a las Salas y a los Tribunales Colegiados de Circuito, así como, en los artículos 21, fracción XI y 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en atención a que esta resolución tiene por objeto decidir si se surten o no los requisitos legales y constitucionales necesarios para que esta Segunda Sala reasuma su competencia originaria a fin de resolver un recurso de revisión interpuesto en contra de la sentencia dictada en un juicio de amparo indirecto en la materia de su competencia −subsiste el problema de constitucionalidad de una ley local−; aunado a que no se considera necesaria la intervención del Tribunal Pleno para su resolución.
    1. Legitimación
  2. La solicitud de reasunción de competencia proviene de parte legítima, en términos de lo dispuesto en el artículo 107, fracción VIII, penúltimo párrafo, de la Constitución Federal y 85 de la Ley de Amparo, en tanto que fue formulada por los Magistrados Integrantes del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito.