SOLICITUD DE REVOCACIÓN POR HECHO SUPERVENIENTE DE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL PLENO RECAÍDA EN EL RECURSO DE RECLAMACIÓN INTERPUESTO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN RELATIVO A LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 51/96. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA,
Fecha: 16-Jun-1998
Notifíquese
Así, lo resolvió el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de diez votos de los señores Ministros Aguirre Anguiano, Castro y Castro, Díaz Romero, Góngora Pimentel, Gudiño Pelayo, Ortiz Mayagoitia, Román Palacios, Sánchez Cordero, Silva Meza y presidente Aguinaco Alemán. El señor Ministro Azuela Güitrón manifestó que, en los términos de lo dispuesto en el artículo 146, fracciones I y II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, estaba en causa de impedimento para conocer del asunto. Por unanimidad de diez votos se calificó de legal el impedimento. Los señores Ministros Díaz Romero, Sánchez Cordero y Silva Meza formularon salvedades y manifestaron su inconformidad con las consideraciones contenidas en las páginas de la sesenta y nueve a la noventa y tres. Fue relator el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.
- Considerando
- Artículo El Escrito De Demanda Deberá Señalar
- Iii Las Entidades Poderes U Órganos Terceros Interesados Si Los Hubiere Y Sus Domicilios
- V Los Preceptos Constitucionales Que En Su Caso Se Estimen Violados
- De Los Preceptos Transcritos Se Colige
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Ii Los Preceptos Que La Fundamenten
- Vi En Su Caso El Término En El Que La Parte Condenada Deba Realizar Una Actuación
- Iv De Las Que Se Susciten Entre Dos O Más Estados
- Vi De Las Concernientes A Los Agentes Diplomáticos Y Cónsules
- Iii De Aquellas En Que La Federación Fuese Parte
- Texto Reformado Del Artículo Publicado En El Dof El De Octubre De
- Texto Publicado En El Dof El De Octubre De
- Artículo Corresponde A Los Tribunales De La Federación Conocer
- El Texto Actual Del Artículo Fracción I De La Constitución Federal Establece
- B La Federación Y Un Municipio
- G Dos Municipios De Diversos Estados
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese