SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 5/2011. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO. 25 DE ENERO DE 2012. CINCO VOTOS. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIA: LAURA MONTES LÓPEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 5/2011. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO. 25 DE ENERO DE 2012. CINCO VOTOS. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIA: LAURA MONTES LÓPEZ.

Fecha: 25-Ene-2012

Segundoes Fundada La Sustitución De La Tesis De Jurisprudencia A Que Se Refiere Esta Resolución

TERCERO.-Debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, el criterio que se fija en la parte final de esta resolución.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución al Tribunal Colegiado solicitante; remítase de inmediato la indicada jurisprudencia y la parte considerativa de este fallo a la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis para su sustitución y publicación en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Luis María Aguilar Morales, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y presidente Sergio A. Valls Hernández. Fue ponente el Ministro Luis María Aguilar Morales.

En términos de lo determinado por el Pleno de la Suprema Corte en su sesión de veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en los artículos 3, fracción II, 8, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.