VARIOS 1/96. CONSEJO DE DIRECTORES DEL GRUPO DE LOS CIEN INTERNACIONAL, A. C.
Fecha: 08-Nov-1995
Ii La Solución De Cada Una De Las Cuestiones Apuntadas Reviste Gran Trascendencia Pues
1. La materia ambiental gira en torno a un bien fuera del comercio, que traspasa los límites temporales y geográficos, cuya afectación puede lesionar a la población entera y a generaciones futuras;
2. El conocimiento de las obligaciones contraídas por el Estado frente a otras soberanías es una cuestión de orden público federal cuyo conocimiento debe corresponder a la Suprema Corte, considerando que la apreciación del orden público y la afectación del interés colectivo o nacional es propia de los órganos jurisdiccionales;
3. La interpretación de los tratados internacionales es determinante de los futuros casos en que se cuestione la infracción a sus normas, sobre todo cuando se impugna un acto obligatorio, general y abstracto emanado de una Secretaría de Estado, que se estima violatorio de las garantías individuales y de una convención internacional;
- Considerando
- Tercero La Petición De Que Se Trata Se Apoya En Las Siguientes Razones
- Articulo Corresponde Conocer A La Segunda Sala
- I El Asunto Reviste Especial Trascendencia Porque Habrán De Resolverse Las Siguientes Cuestiones
- Si La Materia Regulada Por El Acuerdo Reclamado Incide En La Protección Del Ambiente Y
- Ii La Solución De Cada Una De Las Cuestiones Apuntadas Reviste Gran Trascendencia Pues
- La Decisión Del Asunto Por Un Tribunal Colegiado De Circuito Será Un Precedente Importante
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese Y Cúmplase En Su Oportunidad Archívese El Asunto Como Concluido