AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-O

Fecha: 27-Dic-2024

II. CONCLUSIONES | LIQUIDO PAGABLE

De los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Consta Memorándum RRHH-MDESIG. 009/2024 de 5 de agosto, por el cual Daniel Soto Morales, Secretario Municipal y José Boris Cedeño Hinojosa, Jefe de Recursos Humanos, ambos del GAM de Camiri, determinaron en cumplimiento a la SCP 1445/2022-S1 de 7 de diciembre, la reincorporación inmediata del ahora recurrente de queja, al cargo que ocupaba antes de ser desvinculado el 17 de mayo de 2021, quedando reincorporado como funcionario provisorio o de libre nombramiento, “hasta que la menor de edad” cumpla un año de edad, es decir hasta el 7 de diciembre 2021 (fs. 179). Determinación que fue hecha conocer por el Alcalde de dicha instancia municipal al ahora impetrante de queja, mediante nota CITE: STRIA. GRAL. CITE OF. 738/2024 de 9 de agosto (fs. 180).

II.2.  Se tiene comprobante de pago de 8 de agosto de 2024, por el cual se acredita que al activante de queja, la entidad demandada le hizo un importe de                       Bs43 607,65.- (fs. 160) monto que conforme Oficio RRHH-CITE-OF. 034/2024 de 5 de agosto, corresponde a: