AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-O
Fecha: 27-Dic-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: REVOCAR la Resolución 142/2024 de 3 de octubre, cursante de fs. 232 a 238, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Segunda de Camiri del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia, declara: HA LUGAR a la queja por incumplimiento de la SCP 1445/2022-S1 de 7 de diciembre, formulado por Saúl Mendoza Peralta, ordenando a la representación legal del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, el cumplimiento inmediato de la disposición segunda del referido fallo constitucional, reincorporando de forma efectiva al accionante al cargo que ocupaba antes de su despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales que le correspondan hasta el día de su reincorporación; sea de conformidad a los fundamentos expuestos en el presente Auto Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Georgina Amusquivar Moller MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES | LIQUIDO PAGABLE
- TOTAL GANADO
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. Las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los Órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y
- II. Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida (…)”. | III. Podrán imponer multas progresivas a la autoridad o persona individual o colectiva, que
- II. Podrán requerir la intervención de la fuerza pública o la remisión de antecedentes ante la autoridad administrativa a fin de la sanción disciplinaria que corresponda.
- POR TANTO