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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2024-O

    Fecha: 27-Dic-2024

    II.    Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida (…)”. | III. Podrán imponer multas progresivas a la autoridad o persona individual o colectiva, que

    De igual modo el art. 17 del CPCo, prescribe:

    “I. El Tribunal Constitucional Plurinacional y las Juezas, Jueces y Tribunales de garantías constitucionales adoptaran las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones.

    • Encabezado
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES | LIQUIDO PAGABLE
    • TOTAL GANADO
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • II.   Las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los Órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y
    • II.    Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida (…)”. | III. Podrán imponer multas progresivas a la autoridad o persona individual o colectiva, que
    • II.   Podrán requerir la intervención de la fuerza pública o la remisión de antecedentes ante la autoridad administrativa a fin de la sanción disciplinaria que corresponda.
    • POR TANTO

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