DECLARACIÓN
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2024
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2024

Fecha: 17-Abr-2024

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Adrián Ichuta Triguero, Jiliri Mallku; Guadalupe Triguero de Ichuta, Jiliri Mallku Tayka; Wilson Saul Tarqui Tarqui, Mallku Originario Zona A; Carmen Rosa Calle, Mallku Tayka Originaria Zona A; Ricardo Santos Triguero Tarqui, Mallku Originario Zona B; y, Damiana Taqui Vda. de Triguero, Mallku Tayka Originaria Zona B, todos Autoridades IOC del Ayllu Yauriri San Juan del municipio Jesús de Machaca, provincia Ingavi del departamento de La Paz, consultan a este Tribunal la aplicabilidad de sus determinaciones: a) La decisiones de la justicia ordinaria deben ser asumidas en el marco de la coordinación y cooperación entre jurisdicciones; b) Las compensaciones no pueden ser determinadas económicamente; y, c) Si existe un tema pendiente entre Benita Ichuta Ichuta y algunos de sus comunarios en la justicia ordinaria este debe ser resuelto, dentro de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC), rechazando el pretendido pago de Bs4 937.327.50.- por reparación o resarcimiento.

En conocimiento de dichos antecedentes corresponde analizar la procedencia de la consulta activada, conforme a la normativa y jurisprudencia constitucional aplicable y vigente.