Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2022-S1
Fecha: 06-Abr-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2022-S1
Sucre, 6 de abril de 2022
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de libertad
Expediente: 38081-2021-77-AL
Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 14/20 de 31 de diciembre de 2020, cursante de fs. 91 vta. a 93, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por César Vargas Villarroel contra Lily Salazar Valverde, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Cuarta de la capital del departamento de Santa Cruz.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. La clasificación de los derechos establecida en esta Constitución no determina jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos sobre otros. | IV. Los tratados y convenios internacionales ratificados por
- II. Los derechos que proclama esta Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos no enunciados.
- II. Los derechos y sus garantías solo podrán ser regulados por la ley” (el resaltado es añadido).”
- II. Los derechos reconocidos en la Constitución serán interpretados de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos cuando éstos prevean normas más favorables”.
- II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de De
- POR TANTO