SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1069/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2022-S2

Fecha: 22-Ago-2022

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. La asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias y comprende los recursos que garantizan lo indispensable para la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta; surge

El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad personal y de locomoción y a la “seguridad jurídica”, atribuyendo a la Jueza demandada irregularidades en el trámite de homologación de asistencia familiar dentro de un acuerdo transaccional con su expareja -madre de sus dos hijos-, que concluyó con el Auto Definitivo 1573/2018 de 31 de diciembre: a) Con el cual señala no haber sido notificado a objeto de su impugnación; y, b) La no consideración de los depósitos efectuados a la cuenta bancaria del padre de su pareja sobre los que pidió se deduzcan de las planillas de liquidación, siendo negado de manera consecutiva mediante los Autos de 12 de abril y 14 de junio de 2021; y, habiendo solicitado contra este último fallo complementación, aclaración y enmienda, no fue resuelto, sino por el contrario, se hubiera ordenado a través del Auto de 30 de ese mes y año, se libre mandamiento de apremio en su contra.

En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.

III.1.  Trámite del proceso de asistencia familiar y la oportunidad de formular la solicitud de enmienda y complementación

Al respecto, la SCP 0348/2020-S4 de 29 de julio, que cita a su vez a la SCP 0331/2018-S1 de 16 de julio, estableció que: […«Con la finalidad de abordar este elemento esencial de materialización de la asistencia familiar, adquiere particular importancia el precisar el marco contextual, contenido y extensivo de la asistencia familiar, en este sentido corresponder remitirnos al art. 109 del CF -Ley 603-, que determina: