Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2022-S3
Fecha: 15-Sep-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2022-S3
Sucre, 15 de septiembre de 2022
SALA TERCERA
Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori
Acción de amparo constitucional
Expediente: 43575-2021-88-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 134/2021 de 12 de octubre, cursante de fs. 346 a 350, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Nelson Cala Alcocer contra Héctor Cartagena Chacón, Alcalde; y, Lidia Hermosilla Alcocer, Secretaria Municipal Administrativa y Financiera, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II. 3. Cursa fotocopia simple de Carnet de Discapacidad 165774 extendido por el “Ministerio de Salud”, correspondiente a BB, que indica discapacidad intelectual de grado moderado con vigencia del 29 de julio de 2021 al 29 de igual mes de 2027 (fs.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que ju
- IV. Las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo” (las negrillas nos corresponden).
- II. La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiará a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad, y solo será aplicable cuando los hijos o los dependientes sean menores de dieciocho (18) años, situación que d
- Asimismo, la SCP 0019/2017-S3 de 8 de febrero, señala que: “Inicialmente cabe referir que de acuerdo a lo descrito ut supra, la limitación a la inamovilidad laboral, fue establecida para funcionarios electos, designados y de libre nombramiento, pero