SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0352/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2023-S1

Fecha: 02-May-2023

DE LAS PRUEBAS TESTIFICALES.- | ANÁLISIS CONCRETO DEL CASO Y FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA JURÍDICA

En calidad de testigos presento a las personas que me ayudaron a tomar un móvil para llegar hasta el centro de salud san Agustín:

-       BEIBY FRANCO POZO con C.l. 8078902 emitido en el departamento de santa cruz mayor de edad y hábil por ley derecho.

-       ROSMERY HILDA CUSIQUISPE MAMANI con C.l. 6755485 emitido en el departamento de la paz, mayor de edad y hábil por ley y derecho.

-       ALICIA MAMANI OLIVERA con C.l. 8965773 emitido en el departamento de santa cruz, mayor de edad y hábil por ley y derecho.

-       YEZENIA MAMANI PEREZ con C.l. 9906856 emitido en el departamento de la paz, mayor de edad y hábil por ley y derecho

Testigos a las cuales solicito estén presente en mi audiencia en caso de ser necesarios y que se les tome su declaración informativa a mi favor.

(sic [fs. 26 a 29]).

II.2.    Consta Resolución Administrativa 06/2021 de 16 de marzo, emitida por la Comisión de Régimen Disciplinario de la Facultad Técnica Superior en Ciencias Policiales de Santa Cruz; por la que, se resolvió disponer la baja definitiva sin derecho a reincorporación del alumno de segundo año Luis Álvarez Mamani, con relación a los arts. 75 núm. 16 y 77 núm. 29, establecidas en el Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Pregrado. Asimismo, la referida resolución establece en su Considerando II, que el 3 de marzo de 2021, el Investigador asignado al caso, elevó ante la Comisión de Régimen Disciplinario el Informe en conclusiones del caso 001/2021, con el que se notificó al mencionado alumno de segundo año, quien en el plazo previsto y establecido en el Reglamento del Régimen Disciplinario, en el art. 100 núm. 2, renunció a la Audiencia ante la Comisión de Régimen Disciplinario de la FATESCIPOL  (fs. 30 a 33).

II.3.    A través de memorial de 17 de marzo de 2021, dirigido al Presidente de la Respetable Comisión de Régimen Disciplinario de la Facultad Técnica Superior en Ciencias Policiales de Santa Cruz de la Sierra, Luis Álvarez Mamani, se apersona y plantea Recurso Jerárquico contra la Resolución Administrativa 06/2021 de 16 de marzo, emitida por la Comisión de Régimen Disciplinario de la Facultad Técnica Superior en Ciencias Policiales de citado departamento, manifestando lo siguiente: i) No se valoró correctamente las pruebas de cargo y descargo (documentales, testificales y periciales) enunciadas dentro del proceso oral, público, contradictorio y continuado, peor aun cuando se lo dejó en completa indefensión al no haber requerido las pruebas testificales y documentales propuestas en su oportunidad, narración que es imprescindible en una resolución;                       ii) Oportunamente mediante memorial, presentó las pruebas a ser consideradas en su defensa, en cuyo petitorio indicó que se tomen en cuenta dichas pruebas de descargo; iii) En ningún momento renunció al juicio oral, ni se tiene acta que demuestre ello; iv) Se violentó su derecho a la defensa y así poder demostrar en audiencia pública, las pruebas que presentó para demostrar la verdad histórica de los hechos; v) Se le sancionó sin prueba de cargo alguna, violentando los plazos procesales; vi) Se coartó su derecho a presentar a sus testigos de descargo propuestos oportunamente mediante escrito; vii) Se vulneró su derecho a obtener el cuadernillo de investigación, pese a haberlo solicitado en reiteradas oportunidades; y, viii) Pidió se admita su recurso, se remita al Tribunal de Alzada y se revoque la Resolución Administrativa 06/2021 (fs. 7 a 11 vta.).

II.4.    Cursa Resolución de Recurso Jerárquico 220/2021 de 13 de mayo, emitida por Juan Percy Frías Cardozo, Vicerrector de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre”-ahora demandado-, que señala lo siguiente: