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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1038/2023-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2023-S1

    Fecha: 01-Sep-2023

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    • Encabezado
    • I.    ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • II.     Las excusas y recusaciones deberán ser rechazadas in limine cuando: | I.         La recusación se presentará ante la o el Juez o Tribunal que conozca el proceso, mediante escrito fundamentado, ofreciendo prueba pertinente. | II.       Si la o
    • Artículo 320. (TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DE LA RECUSACIÓN). | I.         Producida la excusa o recusación, la o el Juez reemplazante no podrá suspender el trámite procesal; aceptada la excusa o la recusación, la separación de la o el Juez ser definitiva,
    • Artículo 321. (EFECTOS DE LA EXCUSA Y RECUSACIÓN).
    • POR TANTO

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