Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2023-S1
Fecha: 01-Sep-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2023-S1
Sucre, 1 de septiembre de 2023
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
Acción de amparo constitucional
Expediente: 48921-2022-98-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 98/2022 de 17 de junio, cursante de fs. 121 a 130, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mirtha Mabel Montaño Torrico contra Patricia Torrico Ortega y Oscar Florero Florero, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. Las excusas y recusaciones deberán ser rechazadas in limine cuando: | I. La recusación se presentará ante la o el Juez o Tribunal que conozca el proceso, mediante escrito fundamentado, ofreciendo prueba pertinente. | II. Si la o
- Artículo 320. (TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DE LA RECUSACIÓN). | I. Producida la excusa o recusación, la o el Juez reemplazante no podrá suspender el trámite procesal; aceptada la excusa o la recusación, la separación de la o el Juez ser definitiva,
- Artículo 321. (EFECTOS DE LA EXCUSA Y RECUSACIÓN).
- POR TANTO