SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2024-S3
Fecha: 10-Abr-2024
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2024-S3
Sucre, 10 de abril de 2024
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: MSc. Isidora Jiménez Castro
Acción de amparo constitucional
Expediente: 49913-2022-100-AAC
Departamento: Tarija
En revisión la Resolución 49/2022 de 23 de agosto, cursante de fs. 374 a 381 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gabriel Alejandro Miguez Monrroy contra Efraín Aguayo Arando y María Cristina Díaz Sosa, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; Jorge Ahmed Julio Alé y Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, Pablo Zelaya Villanueva e Irma Marina Castellón Betancur, Jueces del Tribunal de Sentencia Primero, todos de la Capital del mismo departamento.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar
- II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo.