SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2024-S2
Fecha: 18-Jul-2024
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2024-S2
Sucre, 18 de julio de 2024
SALA SEGUNDA
Magistrada Relatora: MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
Acción de amparo constitucional
Expediente: 51063-2022-103-AAC
Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 192/2022 de 19 de agosto, cursante de fs. 155 a 161 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Guillermo Hernán Vilela Diez de Medina contra Rubén Gutiérrez Carrizo, expresidente; Gladys Valentina Alarcón Farfán, Nely Verónica Gallo Soruco, Juan José Jauregui Ururi, Jhonny Pardo Ramírez, Israel Huaytari Martínez, Gabriela Verónica Ferrel Parrado, Alicia Canaviri Sullcani, Lily Bernabé Colque, Enrique Fernando Urquidi Daza, Sergio Maniguary Moura, María Cristina Choque Gutiérrez y Ramiro Venegas Calderón, exmiembros, todos de la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- I. Las impugnaciones serán presentadas ante la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, en un plazo máximo de cuatro (4) días calendario, después de la publicación en medio de escrito de las postulaciones habilitadas.
- Artículo 16. (RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIONES) | Artículo 17. (EVALUACIÓN DE MÉRITOS)
- II. Las Resoluciones de la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, son irrevisables y deben ser resueltas por dos tercios de los Asambleístas presentes…
- II. …La Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, determinará si las personas postulantes cumplen o no cumplen cada uno de los criterios” (sic [fs. 104 a 117]).
- “VI. ETAPA DE IMPUGNACIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA