Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2024-S2
Fecha: 18-Jul-2024
V. El silencio de la administración será considerado como una decisión positiva, exclusivamente en aquellos trámites expresamente previstos en disposiciones reglamentarias especiales, debiendo el interesado actuar conforme se establezca en estas di
Reglamento General de la Ley Municipal Autonómica 233 de Fiscalización Técnica Territorial -Decretos Municipales 035/2017, 24/2018 y 009/2019- aprobado el 29 de diciembre de 2017
Capítulo II - Recurso Jerárquico
“ARTÍCULO 91 (PROCEDENCIA DEL RECURSO JERÁRQUICO).- I. El Recurso Jerárquico será interpuesto por todo Administrado sujeto a Proceso Administrativo de Fiscalización contra la Resolución Administrativa que resolvió el Recurso de Revocatoria.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. El plazo se computará a partir de la interposición del recurso, Si vencido dicho plazo no se dicta resolución, el recurso se tendrá por aceptado y en consecuencia revocado el acto recurrido, bajo responsabi
- I. Para sustanciar y resolver el recurso jerárquico, la autoridad administrativa competente de la entidad pública, tendrá el plazo de noventa (90) días, salvo lo expresamente determinado conforme a reglamentación especial, establecida para cada sis
- V. El silencio de la administración será considerado como una decisión positiva, exclusivamente en aquellos trámites expresamente previstos en disposiciones reglamentarias especiales, debiendo el interesado actuar conforme se establezca en estas di
- II. El Recurso Jerárquico será presentado ante la Subalcaldía respectiva, de manera escrita y fundamentada, en el plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
- II. El Despacho del Alcalde Municipal, remitirá el mismo a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para la elaboración del proyecto de Resolución Ejecutiva que resuelva el Recurso Jerárquico interpuesto.
- II. El Alcalde Municipal de La Paz, en el plazo de diez (10) días hábiles de emitido y notificado el Auto de Radicatoria, resolverá el Recurso Jerárquico mediante la emisión de la Resolución Ejecutiva” (énfasis añadido).
- POR TANTO