SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2024-S1

Fecha: 17-Jul-2024

II. CONCLUSIONES | III. La información que proporcione el colaborador debe permitir lo siguiente:

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:

II.1.  Cursa la Ley 1390 que en su art. 5 incorpora a la Ley 004 el art. 35 Bis (Colaboración Eficaz), conforme al siguiente texto:

         “I. La o el fiscal podrá solicitar al juez que se prescinda de la acción penal, en materia de corrupción, respecto de alguna de las personas imputadas cuando ésta colabore eficazmente con la investigación, brinde información esencial para evitar la consumación del hecho o la perpetración de otros, desactivar organizaciones criminales, ayude a esclarecer el hecho investigado o brinde información útil para probar la participación de otras personas, cuya responsabilidad penal sea igual o mayor a la del colaborador.