SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2025-S1
Fecha: 16-Sep-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Consta memorial presentado el 12 de abril de 2023, por la accionante ante la Jueza Instrucción Penal Cuarta de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandada-, pidiendo en amparo del art. 233 del CPP, audiencia de situación jurídica por haberse cumplido superabundantemente el plazo de detención preventiva (fs. 4 a 5).
II.2. Mediante proveído de 13 de abril de 2023, el secretario abogado del Juzgado Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz, resolvió: “Esté a lo dispuesto en acta de audiencia de 12 de abril de 2023 que antecede. Asimismo, por personal sub alterno cúmplase con la remisión de la presente causa conforme lo ordenado”(sic [fs. 5 vta.]).
II.3. Cursa memorial presentado por el peticionante de tutela, el 14 de abril de 2023, ante la Jueza de Instrucción Penal Cuarta de la capital del departamento de La Paz -ahora demandada-, solicitando cesación a la detención preventiva (fs. 6 a 7).
II.4. Mediante proveído de 17 de abril de 2023, el secretario abogado del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto de la capital del departamento de La Paz, resolvió: “A lo principal y otrosíes: Esté a los antecedentes del proceso y conforme lo dispuesto en audiencia de 12 de abril de 2023. Asimismo, por personal sub alterno cúmplase con la remisión de la presente causa en el día conforme lo ordenado”(sic [fs. 7 vta.]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. La jueza, el juez o tribunal será asistido con la debida diligencia en el cumplimiento de sus actos jurisdiccionales por una secretaria o secretario, a quien el corresponderá como funciones propias las siguientes:
- II. En ningún caso las secretarias y los secretarios pueden realizar tareas propias de la función jurisdiccional. La delegación de funciones jurisdiccionales en estos funcionarios hará inválidas las actuaciones realizadas y hará responsable directame
- I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias juri
- POR TANTO