SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2025-S1

Fecha: 16-Sep-2025

I. La jueza, el juez o tribunal será asistido con la debida diligencia en el cumplimiento de sus actos jurisdiccionales por una secretaria o secretario, a quien el corresponderá como funciones propias las siguientes:

1.  Controlar, a través del sistema informático de gestión de causas, el cumplimiento de los plazos procesales, debiendo informar oportunamente a la jueza, juez o tribunal antes de su vencimiento; a tal efecto, deberá proyectar la conminatoria de control jurisdiccional al Ministerio Público, bajo responsabilidad.

2.  Asistir a la jueza, juez o tribunal en audiencia para garantizar su desarrollo conforme establece la normativa vigente;

3. Emitir las providencias de mero trámite que no sean pronunciadas en     audiencia;

4.  Custodiar los elementos de prueba para la realización de la audiencia, garantizando el orden de la codificación y su inalterabilidad, quedando en resguardo de los objetos y documentos, bajo su exclusiva responsabilidad;

5.  Elaborar y mantener un inventario actualizado de los procesos;
6. Coordinar funciones con la Oficina Gestora de Procesos conforme a reglamentos    

    operativos, circulares y protocolos, de conformidad a sus respectivas competencias;

7.  Informar a las partes con la debida diligencia y buen trato;
8. Dirigir al personal auxiliar; y,

9. Cumplir con todas las tareas que la jueza, el juez o tribunal ordene en procura de mejorar la gestión del despacho judicial.