Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 017/99
Fecha: 06-Dic-1999
III.3
III.3 Si bien es cierto que el Prefecto del Departamento tiene atribuciones de conservar el orden interno del Departamento, lo que implica preservar y resguardar la seguridad ciudadana, ante acciones delictivas de violencia, empero esa función debe cumplirla en el marco establecido por el orden constitucional no apartándose del mismo, de manera que frente a los excesos o actos de violencia que constituyen acciones delictivas, debe acudir a los medios legales que el sistema penal vigente reconoce.