Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 920/2000-r
Fecha: 05-Oct-2000
3)
3) Que el 2 de agosto el recurrente interpuso recurso de revocatoria contra la citada Resolución (fs. 5-9), mereciendo la Resolución Nº 12/00 de 15 de agosto dictada por el mismo Tribunal (fs. 10-11), que declara improcedente el señalado recurso, confirmando y ratificando la Resolución Nº 11/00 en todos sus extremos y alcances, fundándose en el art. 89 de la LOFA y en que el memorial de dicho recurso no aportaba ningún elemento de juicio nuevo que pudiera dar lugar a una revisión y eventual revocatoria de la resolución reclamada.
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- PROCEDENTE
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- POR TANTO:
- "Las Fuerzas Armadas de la Nación, son la Institución Armada, Fundamental y Permanente del Estado Boliviano, y sustentan como principios doctrinarios..."f) Sustentarse en la cohesión de sus estructuras, su misión y organización vertical, basados en principios fundamentales de disciplina, jerarquía, orden y respeto a la Constitución Política del Estado, a sus leyes y Reglamentos".