SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 072/2000
Fecha: 02-Oct-2000
I.1.
I.1. Que, la institución que representan interpuso una demanda de pago de bono de antigüedad contra el Lloyd Aéreo Boliviano, “en consuno con otra demanda de iguales características”, presentada por la Federación de Trabajadores de la misma empresa, la cual fue ganada en todas las instancias, habiéndose ordenado el pago de Bs. 58.000.000.- a favor de los trabajadores comprendidos entre los años 1985 a 1995; empero, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social en sentencia declaró improbada la demanda, argumentando que la empresa había probado su excepción de prescripción, por lo que apelaron pidiendo plazo probatorio donde demostraron que no hubo prescripción; pero lamentablemente los recurridos dictaron la Resolución Nº 111/2000 de 23 de mayo de 2000, confirmando la sentencia con una “serie de anomalías”.