Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1025/2000-R
Fecha: 03-Nov-2000
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución de fs. 42 a 43, de 2 de octubre de 2000 pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Carlos Hugo Ayaviri Chambi contra Ángel Sejas Bazualdo, Gerente INSPECTORATE, los antecedentes que cursan en el expediente; y,
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 7. Que el 10 de agosto de 2000, la Verificadora INSPECTORATE emitió el certificado de inspección con discrepancia
- el 21 de agosto del año en curso, haciendo conocer que ante el hecho de haberse emitido un certificado de inspección con discrepancia, se le autorice el enriquecimiento del producto con hierro, bajo supervisión (fs. 1-2).
- actos que importan una tácita aceptación tanto del procedimiento de inspección así como de su resultado.
- encontrándose bajo jurisdicción de ésta y no de la INSPECTORATE que tiene como función exclusiva la verificación de la mercadería.
- POR TANTO: