SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1071/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1071/00-R

Fecha: 16-Nov-2000

2)

2)        Que posteriormente se suscribió  otro Convenio, en 11 de septiembre de 1998, en el que  se expresa que la Alcaldía de Entre Ríos “continúa transfiriendo el 50% de la totalidad de la corambre faenada y que la comercialización de la misma “deberá realizarse en coordinación entre ambas instituciones participantes”, fijando como plazo de vigencia de este acuerdo el mes de diciembre de ese año (fs. 62 y 63).