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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1098/00-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1098/00-R

    Fecha: 21-Nov-2000

    1.

    1.   Realizada la  audiencia en 5 de octubre de 2000, el abogado de la parte recurrente ratifica todos los términos de la demanda, señalando que se está frente a un hecho de usurpación de funciones establecido en el art. 31 de la Constitución Política del Estado y es por ello que pide se declare procedente el presente Recurso. 

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • revoca
    • Los poderes públicos están obligados al cumplimiento de las resoluciones pronunciadas por el Tribunal constitucional. Las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional, son obligatorias y vinculantes para los Poderes del Estado, legisladores, autoridades y tribunales”
    • POR TANTO:

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