Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 080/2000
Fecha: 10-Nov-2000
I.2
I.2. Que, al respecto existe jurisprudencia constitucional, habiéndose declarado fundados los recursos, cuando un Concejal suplente actúa y firma resoluciones sin haberse posesionado de la forma antes dicha, por lo que pide se dicte sentencia constitucional declarando fundado el Recurso planteado y en consecuencia nulos los actos y resoluciones de la sesión de fecha 12 de julio de 2000.