SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1175/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1175/00-R

Fecha: 15-Dic-2000

Las tiendas ocupadas por pequeños artesanos, que tienen además en ella su morada, quedan incluidos dentro del régimen previsto en el artículo 2º

Que, asimismo el art. 3 de la misma Ley prevé: “Los almacenes, tiendas, pulperías, ... y otros locales comerciales o industriales estarán sujetos al régimen de libre contratación. Las tiendas ocupadas por pequeños artesanos, que tienen además en ella su morada, quedan incluidos dentro del régimen previsto en el artículo 2º”. En el caso concreto, no existe juicio de desalojo y tampoco se ha determinado que el recurrente sea pequeño artesano, para acogerse al citado precepto”.