Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1191/2000 - R
Fecha: 18-Dic-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts.94 y 102-V de la Ley 1836, Aprueba la resolución pronunciada en 26 de octubre de 2000 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Fragmento 3
- improcedente
- mediante el Auto de Vista de 4 de julio de 2000; al cual, por Auto de 12 de agosto de 2000, declararon ejecutoriado juntamente con su Auto complementario del 14 de julio del año en curso
- mediante Auto de 15 de septiembre de 2000, anularon obrados hasta el estado de notificarse a la Alcaldía con el Auto de Vista de 4 de julio de 2000
- POR TANTO: