SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1203/2000 - R
Fecha: 20-Dic-2000
Fragmento 2
CONSIDERANDO: Que en el memorial de fs. 67 a 69 presentado en 15 de noviembre de 2000, el recurrente manifiesta que los demandados, bajo el argumento de ser parte de una Comisión Interventora de la Mancomunidad de Municipios del Norte, arrogándose potestades que no ostentan, prescindieron de sus servicios como Gerente General de la Empresa Municipal de Construcciones y Servicios “EMCOSEM” por reestructuración administrativa, mediante Memorando Nº JG.001/2000, conminándole a entregar tanto las dependencias de dicho organismo, como la documentación, sin señalar a la persona que deberá asumir las responsabilidades administrativas de la entidad; ardid que tiene como fin paralizar una serie de denuncias que efectuó contra ex ejecutivos de la citada empresa por malos manejos administrativos.
- VISTOS:
- Fragmento 2
- CONSIDERANDO:
- improcedente
- Mancomunidad de Municipios del Norte de La Paz (MAMNPAZ),
- la Junta General destituyó a los miembros de su Directorio
- la Comisión Interventora como nueva Junta General de “MANMPAZ”, mediante Memorando N° 001/2000 de 9 de noviembre de 2000, prescindió de los servicios del recurrente
- la empresa “EMCOSEN” fue disuelta
- POR TANTO: