Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1239/00-R
Fecha: 22-Dic-2000
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso, de acuerdo con el requerimiento fiscal, declara procedente el Hábeas Corpus, con el fundamento de que “...existe detención indebida del recurrente y que está cumpliendo pena sin haber sido sancionado, no se ha seguido un debido proceso...”(sic).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 1.
- 2.
- 3.
- En los meses de abril, agosto y diciembre de cada año se efectuarán, además de las visitas semanales dispuestas por esta ley, visitas generales a los establecimientos penitenciarios presididos por la Corte Superior del Distrito en pleno, debiendo concurrir obligatoriamente todos los jueces, fiscales, defensores de oficio, secretarios y actuarios
- POR TANTO: