Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1240/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
inmediata garantía
Que si bien los actos ilegales y violentos ejecutados por los recurridos podían dar lugar a otras vías legales mencionadas en la sentencia del Tribunal de Amparo elevada en revisión, en cambio los hechos sucedidos vulneran el legítimo derecho de propiedad del recurrente que debe ser ejercido en términos de seguridad, por lo que su ejercicio pleno, en el presente caso, sólo puede tener una inmediata garantía por la vía del Recurso de Amparo instituido precisamente para que los efectos de los actos ilegales o de las omisiones indebidas no tengan carácter irreparable si es que no se otorga el Amparo con la inmediatez y oportunidad necesarias.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- 2.
- inmediata garantía
- POR TANTO:
- I. RESUMEN DEL CASO.
- REVOCA
- II. FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO DISIDENTE.
- y sólo podrá concederse el Amparo Constitucional cuando éstos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable.
- inmediata