Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 318/2000 - R
Fecha: 06-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley 1836, APRUEBA la Resolución No. 49/2000 de fojas 34 y 35 de obrados, pronunciada en 2 de marzo de 2000 por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, disponiendo se conceda la libertad provisional bajo fianza juratoria, previo el cumplimiento de las formalidades establecidas en el art. 9 de la Ley 1685; a ejecutarse por el Juez o Tribunal que por cualquier motivo estuviere conociendo la causa, de conformidad a lo establecido por el art. 16 de la misma ley.