Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 433/2000-R
Fecha: 04-May-2000
los actos ilegales
Que de acuerdo al Art. 19 de la Constitución Política del Estado el Recurso de Amparo Constitucional procede contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para su protección inmediata; que en el caso de autos es preciso conservar ese bien supremo que es la vida del paciente, debiendo disponerse el restablecimiento de la atención médica especializada indebidamente suprimida.