SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 453/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 453/2000-R

Fecha: 09-May-2000

6.

6.   Que, el Juez recurrido también es responsable por haber dado curso a un memorial que, evidentemente, mellaba la dignidad de una menor de edad, debiendo haberlo rechazado. Sin embargo este hecho no libera de responsabilidad al recurrente, que suscribió el memorial, ya que será otra vía la que deberá establecer la responsabilidad del Juez al haber estimado una petición como la señalada.